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Accesibilidad para personas con discapacidad en las casillas electorales
Descarga los documentos para las casillas electorales incluyentes (todos en formato PDF):
CIUDAD DE MÉXICO, México, junio 5, 2012.- La Coalición México por los Derechos de las Personas con Discapacidad (COAMEX) presentó en Conferencia de Prensa, el 5 de junio de 2012. Un documento en el que se enlistan recomendaciones e indicadores de evaluación de casillas accesibles; instrumento éste dirigido al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS), con la intención de asegurar el pleno ejercicio del derecho al voto por parte de este colectivo, en los comicios del próximo 1 de julio de 2012. El objetivo de COAMEX es que dicho órgano de representación nacional de personas con discapacidad, haga lo conducente ante el Instituto Federal Electoral (IFE) y con ello se garantice la participación de este sector, atendiendo lo establecido por el Art. 29 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).
COAMEX presentó éstas recomendaciones emanadas del trabajo conjunto desarrollado por: APAC, CONFE, Discapacitados Visuales IAP, Libre Acceso y Voz Pro Salud Mental, con objeto de que ocho millones de votantes que presentan alguna discapacidad en México puedan ejercer su derecho al voto en el proceso electoral de próximo 1 de julio.
En ese sentido, si consideramos que la cifra reciente de votantes registrados en el padrón electoral es de 84,464,713 mexicanos y tomamos como referencia los datos del censo de población 2010, sobre el colectivo de personas con discapacidad; se aprecia que existe un 5.1 % de la población con esta condición en México, sin embargo, refiriéndonos a datos arrojados por el Informe Mundial sobre Discapacidad 2011, de la Organización Mundial de la Salud, se estima que al menos el 15% de la población mundial presenta alguna discapacidad. Por lo anterior, con este último indicador, la cifra de personas con discapacidad en nuestro país aumentaría hasta en un 10% más…. población ésta que en caso de no contar con casillas accesibles, para ejercer su pleno derecho al voto, sería excluida del proceso político electoral, además de evadir la obligatoriedad del estado con respecto a lo estipulado por la Convención de Naciones Unidas.
Con base en lo anterior y a fin de detectar y eliminar las barreras existentes que impidan la posibilidad de participación de este sector, se deberán atender, entre otras… las siguiente recomendaciones:
Físicas:
- Accesibilidad física con espacios suficientemente amplios para el desplazamiento de sillas de ruedas, entiéndase por trayectoria accesible una circulación de hasta 1.20 m., libre de obstáculos y pavimento uniforme.
- Piso plano, antiderrapante.
- Las casillas deberán estar instaladas en la planta baja (en caso de haber más niveles).
- Casillas de votación fijas, pues algunas presentan movimientos involuntarios o dificultades en el equilibrio.
- Adecuación de urnas a la altura de las personas en uso de silla de ruedas.
- Diferenciación cromática de las urnas
- Alto contraste en los elementos en la mesa de registro, para personas con baja visión.
- Superficies firmes.
Socioculturales (sensibilización):
- Sensibilización a funcionarios de casillas, para atender de forma clara, digna y eficiente a toda las personas con discapacidad.
- Utilizando mensajes cortos y claros particularmente con las personas con discapacidad intelectual, para indicarle como se lleva a cabo el proceso de votación.
- Contar con capacitación y sensibilización, acerca de padecimientos neuropsiquiátricos, así como tener los conocimientos básicos acerca del manejo correcto e intervención durante alguna crisis.
- Contar con recursos humanos de atención en salud y seguridad pública con respecto al manejo correcto e intervención para una persona con discapacidad psicosocial, brindándole apoyo en el traslado.
- Ubicación y conocimiento de los hospitales más cercanos a cada casilla para remitir a la persona que lo requiera.
Comunicación y apoyo:
- Contar con un intérprete de Lengua de Señas en cada una de las casillas, o bien información gráfica de los pasos a seguir para ejercer su voto.
- Contar con papel y lápiz, en caso que el ciudadano con discapacidad auditiva desee comunicarse
- Indicaciones verbales claras.
- Sistemas de aviso, incluyendo los de alarma o peligro, que puedan ser emitidos por sistemas sonoros o visualmente comprensibles.
- Carteles colocados en lugares físicamente accesibles para ser leídos por personas usuarias de silla de ruedas.
- Guías plásticas para que las personas con discapacidad visual puedan firmar.
Acceso a la información:
- Contar con mascarillas impresas en sistema braille o macrotipos para personas con baja visión.
- Uso de pictogramas/macrotipos y Braille en la señalización de los espacios, etc.
Nota: Si bien, hoy en día no existe ningún tipo de sanción para las instancias u autoridades que incumplan con estas recomendaciones, se sugiere a la persona con discapacidad afectada en su derecho, presente una queja ante el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS); ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o ante el Consejo Nacional para prevenir la discriminación. A fin de asegurar que en procesos posteriores se tomen en cuenta las recomendaciones de estas instancias y quede un precedente del hecho.
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